El Tribunal Supremo recientemente (sentencia de 29 de marzo de 2021) ha señalado que no puede establecerse la custodia compartida cuando «existe una dinámica de imposición del demandado y desconsideración hacia la actora, que además proyecta sobre la hija común».

El establecimiento de la custodia compartida requiere una intensa colaboración entre los progenitores y modelo de respeto recíproco. Por ello, un mal pronóstico del coparenting impide la custodia compartida.