El Tribunal Supremo ha reconocido el pasado 30 de mayo de 2022, una pensión compensatoria a favor de la esposa a pesar de no haber abandonado su ejercicio profesional durante el matrimonio. Y ello porque aprecia un desequilibrio económico derivado de la mayor atención de la esposa a los hijos, conllevando ello que sólo pudiera desarrollar una actividad laboral mediante trabajos a tiempo parcial, no pudiendo promocionarse y teniendo períodos de paro y otros sin ingresos. No obstante, limita la pensión compensatoria a un período de 5 años, por tener cualificación profesional y restar todavía 15 años hasta la edad de jubilación.