El 26 de junio de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamenteo Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 (Directiva sobre reestructuración e insolvencia), la cual va a suponer la modificación en aspectos relevantes de nuestra ley concursal. Los Estados miembros tienen la obligación de adoptar y publicar en su ordenamiento jurídico la referida Directiva de reestructuración en el plazo de dos años, pero España ha solicitado la prórroga máxima de un año para trasponerla, con lo que el plazo concluirá el próximo julio de 2022.

El Gobierno ha declarado que está preparando ya la trasposición de la Directiva europea de reestructuraciones. Y, en concreto, ha manifestado que las empresas contarán con un plazo máximo de 12 meses de preconcurso, frente a los cuatro actuales, y habrá más facilidad para forzar que los acreedores acepten los pactos de reestructuración.

Esta ampliación del plazo del preconcurso será beneficiosa en aquellos casos en que las empresas sean viables y hayan iniciado ya las negociaciones con sus acreedores.