El fin último del mecanismo de la Ley de Segunda Oportunidad es conseguir una resolución judicial que apruebe la exoneración de las deudas (pasivo insatisfecho). Esta resolución incorporará un mandamiento a los acreedores afectados para que la comuniquen a los sistemas de información crediticia a los que previamente habían informado del impago. También podrá el deudor obtener testimonio de dicha resolución para requerir directamente a dichos sistemas y que dejen constancia de dicha exoneración.