La Ley 17/2021, de 15 de diciembre – con efectos desde el 5 de enero de 2022-  modificó el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales, reconociendo su cualidad de seres vivos.

Se prevé el pacto sobre los animales domésticos. Se declara inembargables a los animales de compañía, sin perjuicio de la embargabilidad de las rentas que generen dichos animales. Igualmente, se elimina la posibilidad de extender la hipoteca a los animales destinados en una explotación ganadera, industrial o de recreo, y a los animales de compañía.

En caso de divorcio o separación, el Código Civil regula un régimen de custodia de mascotas. Debemos distinguir entre los supuestos de acuerdo amistoso y desacuerdo. En caso de acuerdo amistoso, el convenio regulador debe contener además de las medidas paterno-filiales, uso de la vivienda familiar, régimen de visitas, pensión alimenticia, etc, el destino de los animales de compañía. En caso de desacuerdo, será el juez quien establezca el destino de los animales de compañía. Incluso se pueden adoptar medidas provisionales no sólo respecto a los hijos sino también respecto a los animales de compañía confiando a un cónyuge u a otro  o a ambos su cuidado ( con independencia de quién sea el propietario).

Tanto si las medidas se han acordado de mutuo acuerdo como si han sido establecidas por el Juez, pueden ser modificadas voluntariamente o vía contenciosa si se han visto alteradas sustancialmente las circunstancias que se tuvieron en cuenta en el momento de su adopción.

Resaltar también que la guarda conjunta será improcedente cuando exista malos tratos a animales o amenaza de causarlos como medio para controlar a cónyuge o hijos.

Por último indicar que, en caso de fallecimiento del propietario del animal de compañía, si no hubiese disposición testamentaria respecto al mismo, éste se entregará al heredero o legatario que lo reclame de acuerdo con las leyes. Si nadie lo reclamara, se encargará el órgano administrativo o centro que tenga encomendada la recogida de animales.